TG AMR 18/01/2006
Londres, 18 de agosto de 2006
CARTA ABIERTA AL SR. PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
SR. EVO MORALES AYMA
Sr. Presidente:
Amnistía Internacional se dirige al Sr. Presidente de la República de Bolivia y a los miembros de su administración con el interés de iniciar un diálogo y presentar la labor de la organización y sus preocupaciones sobre los derechos humanos en el país.
Amnistía Internacional es una organización mundial que se esfuerza porque todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos sean observados y respetados. Es así que Amnistía Internacional se dedica a prevenir abusos graves contra los derechos a la integridad física y mental, a la libertad de conciencia y expresión y contra la discriminación. Amnistía Internacional se opone tanto a los abusos cometidos por los Estados como a los abusos que cometen los grupos políticos armados. Reconociendo la indivisibilidad de los derechos humanos, Amnistía Internacional trabaja por la protección y promoción tanto de los derechos civiles y políticos como de los derechos económicos, sociales y culturales.
Amnistía Internacional basa su labor en normas internacionales de derechos humanos proclamadas por la comunidad internacional a través de las Naciones Unidas y otros órganos intergubernamentales, normas que los Estados se comprometen a respetar. Nos dirigimos a los gobiernos debido a la obligación específica que estos han contraído de asegurar que los agentes del Estado actúen dentro del marco de la ley y respeten los derechos humanos fundamentales.
Amnistía Internacional ha recibido con interés información sobre los pasos tomados por la presente administración para iniciar propuestas y orientaciones dirigidas a fortalecer los derechos humanos de todos los habitantes de Bolivia. En este contexto la creación del Plan Nacional de Desarrollo demuestra el interés del gobierno que Ud. preside de respetar y fortalecer derechos básicos tales como el de la salud y la educación; asegurar el acceso a la justicia para todos y todas sin discriminación alguna y generar los espacios para el desarrollo de la cultura de los pueblos originarios.
El Estado boliviano ha sido parte de importantes tratados internacionales desde hace más de 30 años. Sr. Presidente, nos permitimos reiterar la importancia de su liderazgo y de la voluntad política a todos los niveles en la promoción, defensa e implementación de esos tratados. No sobra enfatizar que los Derechos Humanos comprenden un conjunto indivisible e interdependiente que incluyen tanto los derechos civiles y políticos, como los derechos económicos, sociales y culturales los cuales deben ser asegurados de manera íntegra e indivisible.
Es imperativo que las políticas de la presente administración incluyan las legítimas demandas de quienes estén excluidos y promueva la contribución de todos los sectores de la sociedad asegurando la universalidad y protección de todos los derechos y el sostenimiento de esos derechos con la igualdad de acceso y protección bajo la ley. Todos los aspectos del desarrollo de Bolivia en los próximos años deben ser considerados valorando la adhesión a los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales, contribuyendo al fortalecimiento de una cultura de respeto a los derechos humanos.
Las recomendaciones de la Declaración y Programa de Acción de Viena adoptada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en junio de 1993 incluye la importancia de crear un Plan Nacional de Acción que identifique los pasos para que un Estado mejore la promoción y protección de los derechos humanos. Dicho Plan debe incluir directivas para evitar el uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes encargados de hacer cumplir la ley, particularmente en el contexto de manifestaciones públicas; la tortura y el maltrato por parte de los miembros de las fuerzas de seguridad de personas detenidas; y para asegurar que las condiciones carcelarias cumplan con las normas internacionales evitando el trato cruel, inhumano o degradante.
De la misma manera, se deben tomar acciones concretas y efectivas para la protección de los grupos más vulnerables, como es el caso de las mujeres y las niñas. La correcta y efectiva implementación de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), debe incluir la protección de las mujeres que viven en situaciones de violencia, especialmente cuando ésta proviene de sus familiares o sus parejas, cualquiera sea su sexo. El Estado debe igualmente, crear mecanismos para la protección de los derechos de los menores y los adolescentes.
Amnistía Internacional recibió con especial beneplácito la ratificación que Bolivia efectuara del Estatuto de Roma para la Corte Penal Internacional en 2002, demostrando de esa manera la predisposición de sus autoridades de colaborar con el sistema internacional de protección de los derechos humanos. Todo el sistema jurídico establecido en el Estatuto de Roma se apoya en el principio de complementariedad consagrado en él mismo. Esto es, que ocurrido alguno de los crímenes de derecho internacional que el Estatuto enumera (genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra) es deber de los Estados Parte ejercitar su propia jurisdicción nacional y, sólo cuando un Estado no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación o el enjuiciamiento o no pueda realmente hacerlo, podrá hacerlo la Corte Penal en su reemplazo.
De ello se desprende que las jurisdicciones nacionales deben contar con todos los elementos normativos que les permitan dar cumplimiento a tal deber. Amnistía Internacional advierte con preocupación que la legislación boliviana adolece de importantes vacíos que podrían impedir a sus autoridades judiciales ejercitar adecuadamente su competencia sobre tales crímenes y cooperar efectivamente con la Corte cuando ésta demande su asistencia. En ese sentido Amnistía Internacional observa con agrado el anteproyecto de ley de implementación del Estatuto de Roma, redactado a instancias de la Defensoría del Pueblo, el que contiene varios elementos que la organización valora positivamente. Pensamos que esa iniciativa debería ser discutida por el Congreso (Cámara de Diputados) sin dilaciones.
Asimismo la organización continúa sintiendo cierta preocupación por el acuerdo bilateral firmado tiempo atrás por Bolivia con los Estados Unidos de América, que proporcionaría inmunidad absoluta a los nacionales de ese Estado y a otras personas acusadas por crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional. Ese acuerdo, como es sabido, fue aprobado en su entonces por el Senado. Amnistía Internacional recuerda al Señor Presidente que el citado acuerdo viola obligaciones contraídas por Bolivia bajo el derecho internacional, incluídas sus obligaciones como Estado parte del Estatuto de Roma. Desechando dicho acuerdo, Bolivia contribuirá de manera decisiva al respeto de la integridad del Estatuto y del derecho internacional que debe primar entre naciones soberanas.
Amnistía Internacional considera esencial que tomando en cuenta la indivisibilidad de los derechos humanos el Sr. Presidente, en su programa gubernamental tome las medidas necesarias para crear un Plan Nacional de Acción que impulse y mejore la promoción y protección de los derechos humanos. el Plan Nacional de Acción, debera contener substantivos lineamientos prácticos de trabajo que apoyen en forma clara el logro de las metas y objetivos con plazos fijos para realizar las iniciativas contempladas en el Plan. Con la amplia participación de la sociedad civil, un Plan de esta naturaleza representará un intento amplio de reunir iniciativas y directrices incluyendo medidas en los campos normativos y operativos en los tres poderes de la República e incluyendo las esferas administrativas.
Como mínimo este Plan Nacional de Acción debe:
* Promover los derechos económicos, sociales y culturales tales como el derecho a la salud, la educación, la vivienda y el trabajo.
* Reconocer el principio de igualdad ante la ley de todos los habitantes de Bolivia tomando medidas concretas contra la discriminación.
* Promover las investigaciones prontas, independientes e imparciales por la justicia ordinaria de las denuncias de violaciones contra los derechos humanos fundamentales, incluyendo la tortura y el maltrato y las ejecuciones extrajudiciales.
* Dotar a los tribunales de todos los medios para realizar su trabajo y dar señales claras de que en Bolivia todas las personas son iguales ante la ley, y que las obligaciones contraídas en virtud del Derecho Internacional son de cumplimiento irrenunciable.
* Proteger y promover públicamente la labor de los defensores de derechos humanos, incluyendo el respaldo público a la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y de proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, conocida como la Declaración de los Defensores de Derechos Humanos, adoptada el 9 de diciembre de 1998.
* Respaldar la resolución sobre los Defensores de Derechos Humanos en América, adoptada en junio de 1999 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.
* Reafirmar el compromiso de acción efectiva para erradicar la práctica de la tortura y los malos tratos, asegurando que las denuncias sobre esta violacion de los derechos humanos sean exhautiva e independientemente investigadas y que los hallados responsables sean llevados a juicio ante la justicia ordinaria.
* Adoptar medidas para consolidar la abolición de la pena de muerte en Bolivia ratificando durante el próximo periodo parlamentario el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
* Tomar las medidas necesarias para que el Estado boliviano realice la declaración prevista en el Artículo 22 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes reconociendo la competencia del Comité contra la Tortura para recibir y examinar las comunicaciones enviadas por personas sometidas a su jurisdicción o en su nombre.
* Impulsar la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, de la Organización de los Estados Americanos.
* Tomar las medidas necesarias para proporcionar a todos los agentes de las fuerzas de seguridad una capacitación apropiada en legislación nacional e internacional de derechos humanos y los medios para su protección, incluyendo los Códigos y Principios de las Naciones Unidas.
* Asegurar el cumplimiento con los compromisos contraídos por Bolivia respecto a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de las Naciones Unidas.
* Asegurar el cumplimiento con la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.
* Asegurar el cumplimiento de la Convención sobre el Estatuto de Refugiados adoptada el 28 de julio de 1951 y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967.
*Asegurar el cumplimiento del Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo que protege el derecho de los pueblos indígenas.
* Tomar las medidas necesarias para que la jurisdicción de los tribunales militares se limite a la tarea de mantener la disciplina en el seno de las fuerzas armadas y, en consecuencia, limitarse a delitos estrictamente militares.
* Alentar a la Cámara de Diputados para que, en consulta con la sociedad civil, proceda a una pronta discusión y consideración del proyecto de Ley Implementación del Estatuto de Roma.
* Desechar definitivamente el acuerdo bilateral de impunidad con los Estados Unidos de América.
Amnistía Internacional agradece al Sr. Presidente la atención que conceda a esta comunicación y a la promoción e implementación de las iniciativas aquí incluidas. Igualmente la organización confía mantener un dialogo fluido con la administración que Ud. preside para la defensa irrestricta de los derechos humanos en la Republica de Bolivia.
Atentamente,
Por: Irene Khan
Secretaria General
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